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NORMATIVA SRI

Resolucion SRI NAC-DGERCGC26-00000027: el RUC de tu proveedor de facturacion electronica ya es obligatorio

Publicado el 11 de agosto de 2026 · Lectura: 8 minutos

El Servicio de Rentas Internas expidio la Resolucion Nro. NAC-DGERCGC26-00000027, publicada en el Quinto Suplemento del Registro Oficial No. 335 del 28 de julio de 2026. La norma crea, por primera vez, un registro formal en el RUC para los proveedores de sistemas informaticos o servicios de facturacion electronica en Ecuador. Si tu gasolinera factura electronicamente (y esta obligada a hacerlo), esto te afecta directamente.

Aviso importante: este articulo es informativo y resume la resolucion publicada en el Registro Oficial. Para casos especificos, consulta directamente con el SRI o con un contador especializado.

Que establece la Resolucion NAC-DGERCGC26-00000027

La resolucion regula el registro de los proveedores de sistemas informaticos o servicios de facturacion electronica, es decir, las empresas que permiten la emision, firma, transmision y conservacion de comprobantes de venta, retencion y documentos complementarios bajo el esquema electronico. A partir de ahora, estos proveedores deben estar formalmente registrados en el RUC bajo una actividad economica especifica, y el SRI publicara un listado oficial de quienes cumplen.

Quienes deben registrarse como proveedores

La normativa identifica a dos tipos de sujetos pasivos, domiciliados en Ecuador o con establecimiento permanente en el pais, que deben registrar un establecimiento exclusivo con una de estas actividades economicas:

Sujeto pasivo Codigo CIIU Actividad economica
Desarrolladores y duenos del codigo fuente de sistemas informaticos para emision, firma, transmision y almacenamiento de comprobantes electronicos, con fines de comercializacion J62021002 Planificacion, diseno y desarrollo de sistemas para la emision, transmision y conservacion de comprobantes electronicos bajo las normas del SRI
Propietarios de licencias y del codigo fuente de sistemas de facturacion electronica desarrollados por terceros, con fines de comercializacion J62021003 Comercializacion de sistemas para la emision, transmision y conservacion de comprobantes electronicos bajo las normas del SRI, desarrollados por terceros

Plazos clave que debes conocer

Plazo Obligacion
30 dias desde la publicacion en el Registro Oficial (hasta finales de agosto de 2026) Los proveedores obligados deben inscribirse o actualizar su RUC con la actividad economica correspondiente
Octubre de 2026 El SRI publicara en su portal el listado oficial de proveedores registrados, actualizado dentro de los primeros 10 dias habiles de cada mes
60 dias calendario desde la publicacion en el Registro Oficial (hasta finales de septiembre de 2026) Plazo para implementar el nuevo requisito de informacion adicional (RUC del proveedor) en los comprobantes electronicos

El nuevo requisito en tus comprobantes electronicos

Este es el punto que mas debe importarte como dueƱo de una gasolinera: la resolucion establece que todo sujeto pasivo emisor de comprobantes electronicos debera incluir, en la seccion de informacion adicional, el numero de RUC del proveedor del sistema informatico o servicio de facturacion electronica que utiliza, conforme a la Ficha Tecnica de Comprobantes Electronicos vigente. En otras palabras, cada factura electronica que emita tu estacion de servicio tendra que identificar con que sistema y con que proveedor fue generada.

Que riesgo corres si tu proveedor no esta registrado

Si el sistema que usa tu gasolinera pertenece a una empresa que no complete su registro en el RUC bajo los codigos J62021002 o J62021003, tu negocio se queda sin un dato obligatorio que la normativa exige incluir en cada comprobante. Esto puede traducirse en observaciones, comprobantes rechazados o inconsistencias frente al SRI, un problema que no depende de ti sino de la seriedad de tu proveedor. Por eso vale la pena verificar, antes de octubre de 2026, que quien te provee el software de facturacion electronica figure (o vaya a figurar) en el listado oficial del SRI.

ECO ya cumple con la Resolucion NAC-DGERCGC26-00000027

En Nimbussoft, la empresa detras de ECO, ya estamos adelantando el registro de nuestra actividad economica como proveedores de sistemas informaticos de facturacion electronica y preparando la incorporacion automatica del RUC de proveedor en la informacion adicional de cada comprobante que emite ECO, dentro de los plazos que exige el SRI. Esto significa que:

  • No tienes que hacer ningun tramite adicional: el cambio se aplica de forma transparente en las actualizaciones del sistema.
  • Tus comprobantes electronicos seguiran cumpliendo con la Ficha Tecnica del SRI, incluido este nuevo requisito de informacion adicional.
  • Al elegir un proveedor que ya trabaja bajo la normativa de facturacion electronica del SRI Ecuador, reduces el riesgo de observaciones o comprobantes rechazados por incumplimiento de terceros.
  • ECO se mantiene actualizado de forma automatica cada vez que el SRI publica una nueva resolucion, exactamente como ocurrio con esta.

Este es, ademas, un buen momento para revisar si tu proveedor actual de facturacion electronica esta preparado para esta nueva exigencia. Si tienes dudas sobre el cumplimiento de tu sistema, o si tu gasolinera aun no cuenta con una solucion especializada, en ECO te ayudamos con un diagnostico gratuito.

Ultima actualizacion: 11 de agosto de 2026. Este articulo se revisara cuando el SRI publique el listado oficial de proveedores en octubre de 2026.

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No dejes que el incumplimiento de un proveedor externo afecte tu gasolinera. Con ECO, cada actualizacion normativa del SRI queda resuelta automaticamente, incluida esta.

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